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convenio regulador y gananciales 14 años 7 meses antes #1

Hola,
Mi marido y yo estamos iniciando el proceso de divorcio. Queremos llegar a un mutuo acuerdo. Lo tenemos casi todo ultimado, pero tenemos algunas dudas acerca de la disolución de nuestras gananciales.
Tenemos dos casas de reciente construcción que aún no tienen las escrituras hechas, tenemos otras propiedades inmobiliarias y unos terrenos rústicos, todo esto a nombre de los dos. En el reparto tenemos claro lo que correspondería a cada uno.
Queremos hacer una disolución total de las gananciales, por lo que las propiedades que hay a nombre de los dos, tendrían que quedar a nombre del que se las quedara.
Entonces , mi pregunta es si hay que acudir al notario para hacer todo esto o con el convenio regulador sería suficiente, ya que tengo entendido que el convenio regulador es un documento registrable en los registros de la propiedad.
Y para el caso de las casas de las que no tenemos escritura pública , si sería suficiente con el convenio regulador o habría que hacer escritura en el notario.
Si hubiera que acudir al notario el tiempo del divorcio se alargaría muchísimo en el tiempo y quisieramos hacerlo sin demora. Por lo que tambien , quisiera preguntarle si existe la posibilidad de hacer algún tipo de documento en donde todo el reparto de las gananciales quedase reflejado y concluirlo después de consumada la separación.

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Re:convenio regulador y gananciales 14 años 7 meses antes #2

Estimada María,

Hay que distinguir dos objetivos.

El primero sería repartir los bienes inmuebles y transmitir la titularidad de cada uno de ellos de mutuo acuerdo.

El segundo sería inscribir dicha titularidad en el Registro de la Propiedad.

Para lograr el primer objetivo basta el Convenio una vez aprobado judicialmente. La sentencia es un documento público igual que una escritura otorgada ante un notario. Es decir una prueba plena de la transmisión de los bienes, en este caso como resultado de la liquidación de una sociedad de gananciales, con plenos efectos frente a terceros.

Ahora bien, para lograr el segundo objetivo, sobre todo en aquellos casos en los que se trata de edificación de obra nueva, el convenio aprobado judicialmente puede no ser suficiente para que el Registrador de la Propiedad autorice la inscripción, por lo que sería necesario otorgar otras escrituras ante notario -declaración de obra nueva, etc.-

Esto habría que analizarlo caso por caso.

En caso de duda, les aconsejo que vayan al Registro de la Propiedad, y pidan hablar con un Registrador para que les aclare sus dudas. Están a su servicio. Son funcionarios públicos.

Naturalmente también pueden acudir a un abogado.
Gastalver Abogados
Especialistas en Familia
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Fax 954275131

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Re:convenio regulador y gananciales 14 años 3 meses antes #3

Hola,

la disolución de los bienes gananciales de mutuo acuerdo se puede hacer de dos forma:

1. Acudiendo al notario antes de solicitar el divorcio y disolver y liquidar la sociedad de gananciales.
2. Hacer el inventario y liquidarla en el propio convenio regulador.

La segunda opción es bastante más barata.

En relación a las viviendas que no tienen escrituradas, tienen que escriturarlas primero o de lo contrario no podrán inscribirlas.

Doy por hecho que todo lo que tienen aparece en el Registro de la Propiedad como ganancial, es decir, que el 100% de las viviendas pertence a los dos como ganancial, porque si lo que aparece en el registro de la propiedad es que a cada uno le corresponde el 50%, entonces no sería ganancial, sino que a cada uno le corresponde el 50% y pueden venderlo y repartirse sin necesidad de liquidar.

Y en todo caso no olviden que cuando se liquida una sociedad de gananciales , si uno le vende al otro ha de tributar a hacienda.

Un saludo
Vera Grande Alonso
Abogado del Ilustre colegio de abogados de Madrid
www.abogadosgrande.es

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Re:convenio regulador y gananciales 12 años 11 meses antes #4

Buenos días. Mi duda es la siguiente.

Mi marido y yo queremos divorciarnos de mutuo acuerdo y liqudiar la sociedad de gananciales. La vivienda familiar la compramos tres meses antes de contraer matrimonio y por ello en el registro de la propiedad figura que nos pertenece a ambos a título privativo al 50%, aunque lo cierto es que se ha pagado el préstamo casi en su totalidad excepto dos o tres mensualidades con dinero ganancial. Es mi marido quien se va a quedar con esa vivienda a cambio de compensarme con dinero. Mi pregunta es la siguiente: ¿Se puede incluir esa vivienda en la liquidación de la sociedad de gananciales que se va a practicar en el convenio regulador? Si no fuera así, ¿qué habría que hacer? ¿Habría que acudir al notario? Muchas gracias

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Re:convenio regulador y gananciales 12 años 11 meses antes #5

Estimada Ángela,

Si como dice la vivienda se adquirió con un préstamo que fue abonado prácticamente en su totalidad con dinero ganancial es de aplicación el art. 1.354 del Código Civil, en virtud del cual:

Los bienes adquiridos mediante precio o contraprestación, en parte ganancial y en parte privativo, corresponderán pro indiviso a la sociedad de gananciales y al cónyuge o cónyuges en proporción al valor de las aportaciones respectivas .


En la práctica esto significa que si sólo se pagó antes del matrimonio un 10% del precio de la vivienda y el restante 90% se pagó vigente la sociedad de gananciales, la vivienda es privativa en un 10% y ganancial en un 90%. A su vez, la parte privativa, lo es por mitades iguales, de ambos.

Por lo tanto, en la disolución de la sociedad de gananciales lo que habrá que incluir será dicho 90% de la vivienda. Y al efecto de llegar a un acuerdo de adjudicación, añadir la parte privativa de cada cual. Es un Convenio relativamente sencillo de preparar.
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Re:convenio regulador y gananciales 12 años 11 meses antes #6

Muchísimas gracias por responder y además tan rápido; aunque lo cierto es que tengo otra duda, ¿no habrá problemas pra inscribir la Sentencia de Divorcio y el Convenio (con liquidación de la sociedad de gananciales) en el Registro de la Propiedad? lo digo porque en el Registro figura la vivienda familiar con cáracter privativo al 50% y si en el convenio regulador se dice que es ganancial al 90% puede ser que el registrador se niegue a su inscripción y no acceda al cambio de titularidad.Muchas gracias

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